BENEFICIARIOS
Socios que estén al día con sus obligaciones sociales y que tengan una antigüedad mayor a 1 año.
FECHA
Del 20 al 10 del mes siguiente, o sea que podrá solicitar el 20, el 21, el 22, etc. Hasta el 10, pero deberá pagarlo indefectiblemente antes de esa fecha a los efectos de que no se generen intereses.
SOCIOS CON PRESTAMOS
A los efectos de la fijación del importe a otorgarse ver capacidad de pago en función de su líquido, se deberá tener cuidado en el cumplimiento de la Ley 17829, o sea que al momento del otorgamiento del crédito deberá tenerse presente que en el caso de enviarse la totalidad del importe adeudado por descuento al próximo mes deberá podérsele descontar todo. En el caso de socios con sueldos privados sin retención de haberes se deberá considerar el sueldo del garantía y que tenga descuento por planilla.
Se deberá aclarar que a partir del 10 de cada mes, en el caso de no pago, o pago parcial, se generarán interés por el saldo impago, y se le comunicará al socio que dicho interés se generará desde el 10 de cada mes hasta la fecha del envío del descuento por planilla.
MENSAJERIA
Al vencimiento, o sea al 11 de cada mes se le enviará un aviso al socio que se le cobrará.
LIMITES
Monto mínimo $U 500
Monto máximo $U 10.000
LUGAR DE PAGO
Oficinas.
PAGO PARCIAL
Al vencimiento podrá pagarse en forma parcial.
ENTREGA DE VALES
Cuando hubiera cancelado en su totalidad se le entregará el vale correspondiente.